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Home Blog Solidaridad ¿Las ONG pagan impuestos?

¿Las ONG pagan impuestos?

Fecha: 03/07/2019
Tiempo de lectura: 6 Min.
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Ayuda en Acción
Equipo de la fundación
¿Cómo se financian las ONG? ¿Qué obligaciones fiscales tienen? ¿Las ONG tienen que pagar impuestos? Estamos seguros que alguna vez te has hecho alguna de estas preguntas. Marta Ramírez, responsable de Administración y Finanzas de Ayuda en Acción, resuelve estas y otras cuestiones sobre fiscalidad y transparencia de organizaciones sin ánimo de lucro.

¿Qué impuestos pagan las ONG? ¿Qué obligaciones fiscales tienen?


Las organizaciones sin ánimo de lucro tenemos las mismas obligaciones fiscales que el resto de personas jurídicas. Este tipo de personalidades incluyen todas aquellas instituciones que han sido creadas para un fin social concreto, como pueden ser empresas con ánimo de lucro u ONG.

En el caso de las fundaciones como Ayuda en Acción, nos aplican los siguientes impuestos : Impuestos sobre Valor Añadido (IVA), Declaración de donativos e Impuesto sobre Retenciones e Ingresos a cuenta (IRPF).

Por otro lado, nuestra norma de referencia es la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. En ella, se establece la regulación de impuestos para ONG.

¿Las ONG están obligadas a pagar el Impuesto de Sociedades?


A diferencia de empresas u otro tipo de sociedades, las ONG no estamos obligadas a pagar este impuesto, pero sí debemos presentar toda la documentación.

Pero, ¿cómo se puede saber si una organización o sociedad debe pagar el Impuesto de Sociedades? Es la Ley 49/2002 la que establece los requisitos que deben cumplir las ONG para que se les pueda aplicar esta exención. Uno de los más importantes es estar reconocidas como tales por la Administración Tributaria. Para que esto sea efectivo, solicitamos anualmente a la Agencia Tributaria el certificado de entidades sin fines lucrativos. De esta forma, acreditamos este reconocimiento.

¿Hay alguna otra diferencia en cuanto a obligaciones fiscales entre ONG y empresas con ánimo de lucro?


Las fundaciones disfrutamos de algunas exenciones fiscales, es decir estamos exentas de pagar ciertos impuestos como ONG. Esto es así porque este tipo de organizaciones invierten sus recursos en actividades de interés general que, de otra forma, deberían atenderse con recursos públicos y financiarse a través de impuestos.

Como acabamos de ver, una de las exenciones más importantes es la del Impuesto sobre Sociedades, pero estamos exentas de pagar otros tributos de carácter local.

En el caso del IVA, las fundaciones no tienen trato especial (salvo casos específicos) por lo que se aplica la normativa general que regula este impuesto. Este trato diferenciado, más que un beneficio es un perjuicio, porque nosotros (a diferencia de otro tipo de sociedades) no podemos deducirnos el IVA de algunos bienes o servicios.

Anteriormente hablabas de la Declaración de donativos, ¿qué es y para qué sirve?


El modelo 182 es una declaración informativa que nuestra Fundación presenta anualmente ante la Agencia Tributaria. A través de él, detallamos los donativos, donaciones y aportaciones que hemos recibido (tanto de particulares como de empresas). Esta información es muy útil para Hacienda ya que, a través de ella, recoge la información para aplicar las deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el Impuesto sobre Sociedades o en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.



¿Imaginas crecer sin oportunidades de futuro? Nosotros no.


¿Qué deducciones fiscales tienen los donantes de Ayuda en Acción?


Las deducciones fiscales de nuestros donantes dependerán del tipo de personalidad (si son físicas o jurídicas) y de la recurrencia de los donativos.

En el caso de las personas físicas, si el importe es menor de 150€ se podrán deducir el 75% del total de la donación. En el caso de que sea superior a esa cifra, se deducirán el 30% (siempre que se trate del primer año de colaboración). Si llevan colaborando más de dos años, la deducción será superior (35%), siempre que la donación sea a la misma entidad y que el importe sea igual o superior. En estos casos, las deducciones se les aplicarán en la declaración de la renta anual.

Por su parte, las deducciones a las personas jurídicas se aplican sobre el Impuesto de Sociedades. Si es el primer año de colaboración, podrán deducirse el 35%. Si la colaboración tiene una antigüedad de más de dos años, la deducción ascenderá al 40%. Para que pueda aplicarse, ocurre de igual manera que en la circunstancia de las personas físicas: deberán ser a la misma entidad y de un importe igual o superior.

¿Las cuentas de Ayuda en Acción están auditadas?


Sí, las cuentas financieras de nuestra Fundación son auditadas anualmente por la firma KPMG. Además, son depositadas en el Protectorado, este órgano actúa de forma similar al Registro Mercantil que regula al resto de sociedades.

Nuestras cuentas también están publicadas en nuestra web y son accesibles para todas aquellas personas que quieran consultarlas.

¿Qué otro tipo de auditorías realizamos?


En Ayuda en Acción tenemos un compromiso con la transparencia. Por eso (y aunque no estamos obligados), rendimos cuentas a otros organismos o entidades con los que colaboramos y de los que formamos parte.

  1. Fundación Lealtad. Es una institución dedicada a acreditar la transparencia y las buenas prácticas de las ONG. Aquellas entidades que cumplen sus nueve principios reciben el Sello ONG Acreditada.

  2. Coordinadora de ONGD España. Somos socios de esta organización que representa a todas las entidades sin ánimo de lucro de España. Estamos acreditados, cumpliendo su código de conducta, y herramienta de transparencia y buen gobierno.

  3. Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). Este órgano es el encargado de gestionar la política española de cooperación internacional. Estamos inscritos en su registro de ONGs.

  4. Comisión Europea. Al igual que la AECID se encarga de gestionar la política europea de cooperación al desarrollo.


Además, disponemos de controles internos, de los cuales se encargan el equipo de Compliance y otros equipos, que velan por el cumplimiento nuestros recursos financieros.

¿Cómo animarías a un particular o una empresa a colaborar con Ayuda en Acción?


Les animaría por muchas razones. Principalmente, por los proyectos que realizamos. Son de larga duración, algo que nos diferencia de otras organizaciones, e impactan de forma muy positiva en comunidades y en familias de 20 países. En segundo lugar, porque la ayuda que brindas tiene recompensa ya que puedes beneficiarte de deducciones fiscales en el IRPF. Y por último, porque Ayuda en Acción es transparente. Puedes estar seguro que nuestras cuentas cumplen con todas las garantías.



263 millones de niños y jóvenes en el mundo no pueden ir al colegio.

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