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Donaciones a ONG

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¿En qué casilla de la renta se ponen las donaciones?

Por lo general y para desgravar en tus donaciones a ONG, en el borrador de la Declaración de la Renta estarán marcadas las casillas correspondientes a desgravar donaciones a una ONG.

También puedes añadirla manualmente. Se trata de la casilla 723 del Anexo A.2. Debes indicar la cantidad a desgravar sumando todas tus donaciones a fundaciones y asociaciones durante el año anterior.

Si tú no haces la Declaración de la Renta directamente, sino a través de un servicio profesional, te recomendamos que indiques la necesidad de completar esta casilla y de incluir los correspondientes certificados de donaciones para que sean tenidos en cuenta a la hora de solicitar desgravar donaciones.

¿Existen requisitos o documentos necesarios para la desgravación de donaciones?

La única documentación que necesitas aportar para conseguir la deducción de donativos es un certificado oficial de donaciones. Desde Ayuda en Acción nos comprometemos a enviártelo, aunque puedes solicitarlo tú directamente en cualquier momento.

Ten en cuenta que el certificado servirá para desgravar donaciones con respecto al año anterior. Esto significa que todos los años debes recibir un nuevo certificado de donaciones para que resulten válidos a la hora desgravar una ONG y todo lo aportado durante ese período de tiempo.

¿Qué datos debe contener el certificado de donaciones?

Es muy importante tener en cuenta que este certificado cuente con toda la información requerida y que esté incluida de forma correcta. Esto incluye los datos personales de la persona donante y su NIF/CIF o NIE.

En el caso de que falte algún dato o algo esté incorrecto, no presentes el certificado de donaciones con estos fallos. Solicita uno nuevo y expón la necesidad de modificación o corrección correspondiente para que llegue con toda la información que se exige.

¿Qué tipo de donaciones puedo desgravarme?

En la práctica, no todas las donaciones que se realizan se enmarcan con derecho a deducirse, tiene que cumplir una serie de condiciones, con base en la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Por lo general, puedes desgravar donaciones en la Declaración de la Renta en las siguientes tipologías:
- Donaciones económicas, de bienes o de derechos.
- Cuotas correspondientes a la afiliación a asociaciones y que no se correspondan con el derecho a recibir prestaciones.
- La constitución de un derecho real de usufructo con base en bienes, valores o derechos y sin contraprestación.

Para dejarlo mucho más claro: sí, puedes desgravar donaciones que hagas periódicamente a Ayuda en Acción.

Pero tu colaboración puede ir mucho más allá de las donaciones. Además de hacerte socia/o, también puedes apadrinar grupos de niñas y niños, participar en iniciativas de voluntariado o incluso dejar un legado solidario para ayudar a las personas más vulnerables del mundo cuando tú ya no estés.