En España ya hemos superado el ecuador de la desescalada. Y con la llegada de la "nueva normalidad", nuestra sociedad se enfrenta a un nuevo reto: que nadie se quede atrás cuando superemos la crisis del coronavirus. Desde las Administraciones ya se están dando los primeros pasos para mitigar sus efectos entre la población más vulnerable. A continuación hacemos un repaso de las ayudas más importantes que se han puesto en marcha para hacer frente a la crisis de la COVID-19.


Guía de las ayudas estatales para hacer frente a las consecuencias de la COVID-19


Ingreso Mínimo Vital


Está en vigor desde el 1 de junio y podrá solicitarse desde el día 15. Pero, ¿qué es? Es una renta básica no contributiva de la Seguridad Social dirigida a hogares que se encuentran en situación de pobreza severa. Según la Seguridad Social, con ello pretenden garantizar unos ingresos mínimos a 850.000 hogares sin recursos.


Familias en situación de vulnerabilidad España


Su cuantía dependerá del número de personas que compongan la familia o ‘unidad de convivencia’. El umbral mínimo es de 462 euros al mes, que correspondería a un adulto que viva solo. A esta cifra se suman 139 euros más por cada una de las personas (adulto o menor) que forme parte de esta unidad de convivencia, hasta alcanzar un máximo de 1.015 euros. Las familias monoparentales recibirán además un complemento de 100 euros. Es decir, en el caso de una familia compuesta por una madre y dos menores a su cargo, tendrá derecho a unos ingresos mínimos de 840 euros al mes.


Para saber si puedes o no acceder a esta ayuda, el Gobierno ha creado un simulador que disponible en la web de la Seguridad Social.


COVID-19: Ayudas para la vivienda


1.- Desahucios. Están suspendidos desde el inicio del estado de alarma y por un plazo máximo de seis meses (contando desde el 2 de abril).


2.- Contratos de alquiler. Se renovarán los que hayan vencido desde el 2 de abril hasta dos meses después de haber finalizado el estado de alarma. Esta prórroga estará vigente por un periodo máximo de seis meses.


3.- Ayudas para pagar el alquiler. Los inquilinos considerados vulnerables (es decir, personas afectadas por un ERTE, desempleadas o autónomos) podrán optar a microcréditos y ayudas para hacer frente a este gasto. La cuantía máxima de estas ayudas tiene un límite de 900 euros al mes y podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre.


4.- ¿Y si no puedo pagar las facturas de los suministros básicos? Durante el estado de alarma, las compañías eléctricas, de gas y agua no podrán cortar el suministro a los hogares que se encuentren en situación de vulnerabilidad.


Por otro lado, se ha prorrogado hasta el 15 de septiembre el bono social a aquellas personas que eran beneficiarias y tenían pendiente renovar su solicitud. Además, se ha ampliado el colectivo de personas que pueden solicitarlo. A partir de ahora se podrán acoger al mismo trabajadores afectados por ERTE o autónomos que hayan tenido que cerrar sus negocios o hayan disminuido drásticamente sus ingresos por la pandemia.


5.- Moratoria hipotecas. Aquellas personas que se queden en paro o pierdan parte sustancial de sus ingresos podían aplazar el pago de sus hipotecas hasta principios de mayo. En abril el Gobierno aprobó una actualización de esta ayuda donde se posponía tres meses el pago de la cuota. Esto se aplica a la vivienda habitual, locales y oficinas, pero también en viviendas alquiladas si los propietarios se encuentran en situación de vulnerabilidad y no están cobrando la renta.


Ayudas para trabajadores y trabajadoras


1.- Prestación por desempleo. Si estás en paro y no has podido presentar la solicitud de prestación por desempleo o necesitas una reanudación y te retrasas, esto no afectará a la duración del derecho a esta ayuda.


2.- Trabajadores temporales. Quienes no tenían derecho a la prestación por desempleo y su contrato termine durante el estado de alarma por la COVID-19, pueden optar a una ayuda extraordinaria de 440 euros.


3.- Reducción y adaptación de la jornada. Si tienes hijos, hijas o personas dependientes a tu cargo, podrás pedir una reducción o adaptación de tu jornada para su cuidado. Esto está contemplado en el Plan MECUIDA y estará vigente durante el estado de alarma y un mes después de que finalice.


4.- El caso de las empleadas del hogar... Este quizá ha sido uno de los sectores más afectados durante el confinamiento. Por ello, el Gobierno les está proporcionando ayudas durante la pandemia de la COVID-19. Están disponibles para aquellas trabajadoras que, estando dadas de alta en la Seguridad Social, hayan perdido su trabajo durante el estado de alarma o visto reducidos sus ingresos. Este subsidio extraordinario equivale al 70% de la base de la cotización y es compatible con otras actividades, siempre que la suma no supere el importe del salario mínimo (950 euros).


Cultivo


5.- … y los trabajadores y trabajadoras del sector agrario. Cualquier persona desempleada o afectada por un ERTE no relacionado con el coronavirus podrá ser contratado para trabajar en el campo sin perder el paro. También podrá acogerse a estas medidas extraordinarias las personas migrantes cuyos permisos de trabajo hayan finalizado durante el estado de alarma y los jóvenes extranjeros que se encuentren de forma regular en España. De esta forma, pretenden facilitar la contratación temporal en este sector de cara a las próximas campañas.


COVID-19: ayudas a empresas y autónomos


1.- ERTE. Esta ayuda a las empresas quizá ha sido la que ha copado más espacios en los medios de comunicación. Fue una de las primeras medidas puestas en marcha para hacer frente a las consecuencias de la COVID-19. Con la flexibilización en la presentación de los expedientes temporales de empleo se daba a las empresas una alternativa para que no despidieran a sus trabajadores y trabajadoras. Las personas afectadas reciben una prestación por desempleo (que equivale al 70% de la base reguladora) aunque no tuvieran derecho a ella.


2.- Impuestos. El Gobierno ampliaba los plazos de presentación y pagos de las declaraciones trimestrales para autónomos y pymes.


3.- Avales a empresas a través de los créditos ICO. También los gastos notariales se han reducido un 50% para la renovación de préstamos, sin incluir los hipotecarios.


4.- Ayudas especiales a autónomos y pymes. Podrán aplazar seis meses el pago de sus cuotas a la Seguridad Social, la correspondiente a los días no trabajados en marzo les será devuelta. En el caso de que hubiera contraído alguna deuda, estas se pueden pagar hasta final de junio.


También se ha facilitado la posibilidad de obtener la prestación por cese de actividad a los autónomos que estén atravesando dificultades durante la pandemia. Aquí se incluye a las personas que hayan tenido que cerrar su negocio o si su facturación se ha reducido un 75%.


Todas estas ayudas han sido (y siguen siendo) imprescindibles hacer frente a la crisis de la COVID-19. Pero si queremos que nadie se quede atrás, se deben seguir impulsando medidas que no olviden a la población más vulnerable.